El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y ha anulado parcialmente el pago del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, conocido como plusvalía municipal, en las ventas de viviendas con pérdidas. En consecuencia, el propietario que venda su vivienda por menos dinero del que pagó al adquirirla no tendrá que abonar este tributo.