La indemnización por daños y perjuicios en la vivienda permite al propietario recuperar el valor del menoscabo sufrido cuando un tercero deteriora su inmueble. Ya sea por negligencia del inquilino, defectos en la construcción o incumplimientos contractuales, el derecho español contempla mecanismos para exigir esa compensación.
A continuación, te explico en qué casos puede reclamarse, qué daños se reconocen y qué pruebas resultan indispensables para iniciar el procedimiento.
¿Qué daños y perjuicios pueden reclamarse en una vivienda?
Los daños deben superar el desgaste normal del inmueble. No todo defecto da lugar a una indemnización. Solo aquellos que impliquen una pérdida económica real o la frustración de una expectativa legítima.
Los daños pueden ser:
- Materiales: rotura de mobiliario, instalaciones eléctricas dañadas o goteras estructurales.
- Morales: pérdida de tranquilidad, angustia o impacto emocional derivado de la situación.
- Patrimoniales: imposibilidad de alquilar o vender el inmueble por los desperfectos.
También pueden reclamarse los perjuicios, es decir, las ganancias no obtenidas por culpa del daño.
Diferencia entre daño emergente y lucro cesante
Ambos forman parte del cálculo de la indemnización, pero no significan lo mismo.
Daño emergente: es la pérdida directa sufrida. Por ejemplo, reparar una caldera rota o sustituir el suelo dañado.
Lucro cesante: es el beneficio económico que se dejó de percibir por culpa del daño. Si no pudiste alquilar el piso durante dos meses, ese ingreso perdido puede reclamarse.
Concepto | Ejemplo real | Forma de prueba |
---|---|---|
Daño emergente | Reparación de puerta acorazada tras vandalismo | Presupuesto de reparación |
Lucro cesante | Alquiler perdido por inhabitalidad del inmueble | Contrato de alquiler no ejecutado |
No basta con alegar estos conceptos. Deben acreditarse con facturas, contratos frustrados o informes técnicos.
Requisitos legales para exigir una indemnización
El Código Civil impone ciertas condiciones antes de poder reclamar:
- Existencia del daño: debe demostrarse con pruebas claras.
- Nexo causal: el daño debe derivarse directamente del acto ilícito o incumplimiento.
- Imputabilidad: la conducta del responsable debe ser negligente o dolosa.
- Valoración económica: el daño debe poder cuantificarse, al menos de forma estimativa.
Además, si el daño se produce por un incumplimiento contractual, la indemnización incluirá tanto los daños previstos como los que pudieron preverse al firmar el contrato.
Casos más frecuentes de daños indemnizables en viviendas
El supuesto más común es el de inquilinos que deterioran el inmueble más allá del uso habitual. También aparecen problemas con promotores que entregan la vivienda con defectos ocultos o con importantes retrasos.
Otros escenarios habituales:
- Reformas mal ejecutadas por parte de empresas de reformas sin contrato.
- Filtraciones procedentes del piso superior por falta de mantenimiento.
- Retrasos en la entrega de la vivienda comprada sobre plano.
Cada uno de estos supuestos exige un análisis jurídico específico. No todos generan derecho a indemnización de forma automática.
¿Cómo se acreditan los daños y perjuicios?
La prueba es clave. Sin ella, no hay caso.
Conviene actuar desde el principio con orden y rigor:
- Hacer un inventario detallado antes de alquilar o vender.
- Tomar fotografías con fecha del estado inicial.
- Encargar un informe pericial cuando se detectan daños importantes.
- Guardar presupuestos y facturas de las reparaciones.
- Recoger testimonios o actas notariales si se prevé conflicto.
En juicios civiles, la carga de la prueba recae sobre quien reclama. Si no hay pruebas sólidas, el tribunal puede desestimar la demanda.
¿Se pueden reclamar intereses por el retraso en la reparación?
Sí, pero hay que distinguir entre dos tipos de intereses:
Tipo de interés | Cuándo se aplica | Base legal |
---|---|---|
Interés moratorio | Desde que se produce el daño hasta la sentencia | Art. 1108 Código Civil |
Interés procesal | Desde la sentencia hasta el pago completo | Art. 576 Ley de Enjuiciamiento Civil |
Ambos buscan compensar el tiempo en que el propietario no tuvo su dinero. En algunos casos, estos intereses pueden suponer una suma relevante.
Plazo para reclamar daños y perjuicios en la vivienda
El plazo general para ejercer una acción civil por daños es de 1 año desde que se conoce el daño y su autor. En caso de daños derivados de relaciones contractuales, puede ampliarse a 5 años si hay incumplimiento.
No conviene esperar. A medida que pasa el tiempo, se diluye la prueba, se pierde fuerza legal y pueden surgir causas de oposición por parte del responsable.
¿Quién debe pagar la indemnización?
La persona que causa el daño será quien deba responder económicamente. Puede ser:
- Un inquilino, si incumple el contrato de arrendamiento.
- El promotor o constructor, si entrega una vivienda con defectos.
- Una aseguradora, si cubre daños derivados del contrato.
- Un vecino, si el daño proviene de su propiedad.
En algunos casos, la reclamación puede dirigirse contra varios responsables solidarios.
¿Qué papel juega el seguro de hogar?
Muchas pólizas cubren daños provocados por terceros. Pero no siempre cubren perjuicios económicos o lucro cesante. Tampoco daños morales, salvo casos excepcionales.
Conviene revisar las coberturas antes de iniciar cualquier acción legal. En ocasiones, el seguro puede ofrecer una solución amistosa más rápida que el juicio.
¿Cuál es el procedimiento legal para reclamar?
Si no hay acuerdo, hay que acudir a los tribunales. El procedimiento ordinario sigue estas fases:
- Requerimiento previo: notificar al responsable el daño y pedir indemnización.
- Peritaje: presentar informe técnico y cuantificación.
- Demanda judicial: si no hay respuesta, se presenta demanda.
- Juicio y sentencia: el juez valora las pruebas y determina la indemnización.
- Ejecución: si el condenado no paga, se inicia el proceso de ejecución.
Aunque puede parecer largo, en muchos casos el simple requerimiento ya lleva al acuerdo.

Preguntas frecuentes sobre indemnización por daños y perjuicios en la vivienda
¿Es posible reclamar una indemnización por daños y perjuicios en la vivienda aunque el inquilino haya entregado las llaves?
Sí, puede reclamarse incluso después de la entrega de llaves. La devolución del inmueble no borra los daños causados ni impide exigir una compensación. Ahora bien, es fundamental actuar con rapidez. Si el arrendador detecta desperfectos tras recuperar la vivienda, debe documentarlos de forma inmediata. Un informe pericial, fotografías fechadas y testigos ayudan a reforzar la reclamación. Además, conviene no devolver la fianza hasta que se haya evaluado el estado de la vivienda. De esta forma, se conserva un margen económico mientras se estudia la posible indemnización por los perjuicios detectados.
¿Qué ocurre si los daños en la vivienda afectan a un tercero, como un vecino?
Cuando el daño en la vivienda se extiende a otra propiedad, como el piso inferior, pueden generarse responsabilidades compartidas. El propietario de la vivienda dañada puede exigir una indemnización por perjuicios tanto al inquilino responsable como al titular del inmueble. Todo dependerá de si hubo negligencia, omisión en el mantenimiento o una actuación directa. En estos casos, se suele activar la cobertura de responsabilidad civil incluida en los seguros de hogar. Pero si no hay seguro o la compañía se desentiende, el afectado deberá acudir a la vía judicial para recuperar el valor económico del daño sufrido.
¿Se puede exigir una indemnización si los daños en la vivienda impiden su venta?
Sí, si los daños impiden una operación de compraventa ya pactada o en curso, el propietario puede reclamar la pérdida de oportunidad. Esta figura jurídica se aplica cuando una expectativa real y documentada se frustra por un hecho ajeno. Por ejemplo, si se firma un precontrato de venta y el comprador desiste por encontrar humedades graves, se pueden reclamar los perjuicios causados. El perjuicio no solo abarca la venta frustrada, sino también el coste de reparar, el tiempo perdido y los gastos derivados del nuevo intento de comercialización. En estos supuestos, el lucro cesante cobra un papel esencial.
¿Qué pruebas adicionales fortalecen una demanda por daños y perjuicios en la vivienda?
Más allá del peritaje, las siguientes pruebas pueden ser decisivas en un proceso judicial:
- Mensajes de WhatsApp o emails donde se hable del estado de la vivienda o de reparaciones pendientes.
- Testimonios de terceros, como vecinos, que confirmen el mal uso o el abandono del inmueble.
- Presupuestos previos no aceptados, que evidencien la voluntad de reparar antes del conflicto.
- Actas notariales con constatación del estado en la entrega de llaves.
Cuantas más pruebas se aporten, mayor será la credibilidad ante el juez. La indemnización por los perjuicios sufridos se apoya siempre en la solidez de la prueba, no solo en el relato del afectado.
¿Qué normas legales regulan la indemnización por daños y perjuicios en la vivienda en España?
La regulación se encuentra principalmente en el Código Civil español, donde se distinguen la responsabilidad contractual y la extracontractual. En concreto:
- Artículo 1101 y siguientes: regulan la indemnización cuando hay incumplimiento de obligaciones contractuales.
- Artículo 1902: se refiere a los daños causados sin contrato, es decir, por simple negligencia o acción lesiva.
- Artículo 1106: establece que deben indemnizarse tanto la pérdida sufrida como la ganancia dejada de obtener.
- Artículo 1108: fija el devengo de intereses por retraso en el pago de indemnizaciones.
- Artículo 36 de la LAU: regula el uso de la fianza en los arrendamientos urbanos.
Además, si el daño se origina en el contexto de la construcción o promoción inmobiliaria, puede aplicarse también la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), que impone responsabilidades al constructor y al promotor por vicios ocultos o defectos graves en la vivienda.
No pongas en riesgo tu patrimonio: actúa con estrategia
Muchos propietarios toleran desperfectos, retrasos y negligencias por miedo al proceso legal. Otros lo intentan solos y pierden la oportunidad de resarcirse adecuadamente.
La indemnización por daños y perjuicios en la vivienda no es automática. Pero está al alcance de quien actúa con método, recopila pruebas y conoce sus derechos.
Si has sufrido pérdidas por un mal inquilino, una constructora negligente o cualquier tercero, no dejes que el tiempo juegue en tu contra.
Consulta tu caso con profesionales experimentados. Los abogados en Soria especializados en vivienda y responsabilidad civil pueden ayudarte a recuperar lo que te corresponde, con una estrategia legal firme y personalizada.
Tu vivienda no solo es un bien económico. También es tu tranquilidad. Protégete. Y reclama lo que te pertenece.